martes, 9 de septiembre de 2008

REFORMAS HECHAS POR ALVARO URIBE

La reforma realizada al Sistema Nacional de Salud, a partir de la aplicación de la Ley 100 de 1993, recordando de paso que su ponente fue en su momento el hoy Presidente Álvaro Uribe Vélez, sin lugar a dudas una de las más importantes por las implicaciones que ha acarreado en materia de morbilidad y mortalidad de la población y por su conexidad directa con el derecho a la vida, cuya esencia consistió en la creación de un mercado de servicios de salud, basado en el aseguramiento, en abierto desconocimiento de los principios de: universalidad, solidaridad, integralidad, incluidos en la misma Ley.

En este sistema cada persona paga un valor a una Empresa Aseguradora que cubre el riesgo de las enfermedades que pueda sufrir, constituyéndose así en un cliente afiliado. El mercado es manejado por el intermediario financiero EPS, ARS, quien provee el aseguramiento, recibe las afiliaciones de los clientes y contrata con instituciones prestadoras de servicios de salud, IPS, ESE, a las cuales, por estas actividades se pagan planes parciales, exigiéndoles bajos costos de operación para asegurar la renta financiera al intermediario.
Los establecimientos públicos que prestan los servicios de salud fueron transformados en Empresas Sociales del Estado, ESE, para que se autofinancien a través de la venta de servicios. Hay una redefinición de la participación del Estado en el financiamiento de su provisión, dejando de ser proveedor directo de tales servicios mediante el financiamiento de los insumos relacionados con los subsidios a la oferta, abandonando así el sostenimiento de la Red Pública Hospitalaria, para transferir los recursos a las aseguradoras, como subsidios a la demanda, dirigidos a los más pobres de los pobres del régimen subsidiado, quienes son los excluidos del mercado.

Ante el fracaso del modelo de salud de la Ley 100 se han presentado 15 Proyectos de Ley para reformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud, los cuales se pueden agrupar en dos: 13 presentados por la bancada parlamentaria del Gobierno, donde se profundiza el modelo de aseguramiento y de exclusión y los otros dos, considerados alternativos, presentados por el sector parlamentario independiente y el Movimiento Nacional por la Salud, los cuales proponen cambios estructurales que permitan a la población acceder a este derecho esencial, con principios de universalidad, solidaridad y equidad. Todos los proyectos presentados fueron consolidados en dos ponencias y presentados a consideración de la Comisión VII de Senado. El día 10 de diciembre de 2004 fue aprobada la ponencia avalada por el Ministerio de la Protección Social y la bancada parlamentaria Uribista.
De igual manera el Proyecto de Ley de Recursos Humanos en Salud, fue aprobado por 8 Senadores de la Comisión VII de Senado, el día 15 de diciembre de 2004, a pesar de las inconformidades expresadas por las organizaciones de trabajadores del sector, teniendo en cuenta que éste no resuelve ninguno de los graves problemas laborales que afectan este grupo; por el contrario facilita a las multinacionales de la salud que llegarán al país con la firma del TLC con E.U., la contratación de mano de obra barata y desregulada. En el mes de marzo de 2005 estos proyectos se presentarán a las plenarias de Cámara y Senado. Para esta época esperamos que a través de la movilización social, las enfermeras en unidad de acción con los demás sectores organizados de trabajadores, llamemos la atención de los representantes que tendrán la responsabilidad de votar estos Proyectos de Ley regresivos y en contra de la población.

REFORMAS LABORAL Y EMPLEO:

La situación de los trabajadores no puede ser peor: después de habérseles conculcado lo fundamental de sus derechos con las leyes 50 y 100, de las cuales fue ponente Uribe Vélez, en el país se entronizaron las modalidades contractuales más irregulares, entre ellas las correspondientes a las cooperativas de trabajo asociado, el contrato sindical, los contratos a término fijo y los civiles, alcanzando el gobierno su objetivo estratégico de abaratar al máximo los costos laborales.
La Ley 789 de 2002 impuso la disminución de las indemnizaciones por despido injusto, redujo los pagos por concepto de recargo nocturno, horas extras, dominicales y festivos, e igualmente dispuso que en los pagos por concepto de salarios caídos su reclamación cubra tan sólo dos años.
La negociación colectiva fue constreñida a tal punto que menos de 70.000 trabajadores, de un total aproximado de 850.000 sindicalizados, está cobijado por convenios colectivos. De acuerdo con las potestades conferidas a los tribunales de arbitramento para extender las denuncias empresariales hacia temas no aparecidos en los petitorios, los sindicatos eluden presentar pliegos buscando preservar sus patrimonios convencionales. Para los trabajadores al servicio del Estado el gobierno dispuso el no acatamiento de los Convenios Internacionales suscritos por Colombia y la conversión de la Ley 411 en pieza de museo, para que el vasto sector de servidores públicos no alcance sus propósitos reivindicativos, lo que se expresa de manera particularmente grave en el magisterio colombiano y en su sindicato más importante, la Federación Colombiana de Educadores, FECODE.
¨ Uribe Vélez precarizó el empleo así:
En 2005 la población ocupada era aproximadamente de 18 millones de personas.
– 11 millones de informales
– 7 millones empleados formales, pero de éstos
– 3 millones de empleados temporales, y,
– sólo 4 millones de empleados permanentes.
– 2½ millones de niños trabajadores (ICBF).
– En 1990 había 635 mil empleos industriales, que en marzo de 2005 se redujeron a 545 mil.
¨ Uribe prometió general empleo, pero por el contrario despidió a más de 135 mil trabajadores, dentro de los que se destacan 75 mil maestros del sector público, 25 mil afectados en la red hospitalaria, 10 mil servidores del Estado y 1.300 de ECOPETROL.
¨ Actualmente, 128.000 trabajadores del Estado se encuentran en calidad de provisionales y tienen sobre sí la amenaza de perder sus empleos dado que el examen para ingresar a la carrera administrativa, involucra a miles de personas poniendo en vilo su estabilidad. Por ejemplo proveer 75.000 cargos de nivel profesional se inscribieron 324 mil personas, lo que expresa los verdaderos niveles de desempleo que se registra en el país, pese a las manipulaciones estadísticas del DANE y del gobierno.
¨ La reforma laboral de Uribe (Ley 789 de 2002) también aumentó la ‘flexibilización’ laboral. El estudio sobre los impactos de la reforma laboral en Colombia que el Banco Mundial dio a conocer en abril de 2006 plantea continuar profundizando la flexibilización, incluyendo los siguientes puntos:
– Reducir el salario mínimo.
– Rebajar el número de salarios a partir del cual se aplica el salario integral.
– Eliminar los aportes parafiscales.
– Adoptar un salario menor para los jóvenes.
– Disminuir el recargo dominical.
¨ En 2005 el ‘desempleo nacional promedio del DANE’ fue 11,7% y en las 13 ciudades principales 13,3%; en diciembre había 3 millones 103 mil subempleados a nivel nacional y 59% informales en las 13 ciudades principales. (El Tiempo XII/04/05)
¨ Para disfrazar el desempleo, se creó el subsidio al desempleo, el cual apenas es un vergonzosa limosna que se entrega a unos cuantos miles de personas: en 2006 es de $612 mil, pagadero en cuotas mensuales de $102 mil. En 2005 fue entregado a 87.502 personas. Las ayudas las dan las Cajas de Compensación Familiar en bonos de alimentos, educación y aportes de salud.

REFORMA PENSIONAL:

¨ Uribe fue artífice de la Ley 100 de 1993, reforma que instituyó:
– jubilación a mayor edad,
– mayores aportes,
– mayores semanas cotizadas, y
– menores mesadas.
¨ De los 1,2 millones de pensionados que hoy tiene el país (apenas el 25% de los mayores de 60 años), el 52% está en el ISS, que está siendo debilitado por Uribe.
¨ Se encuentra pendiente una nueva reforma pensional por imposición del FMI.

¨ La Ley 797 de 2003 y el Plan Nacional de Desarrollo aprobaron:
– Mayor edad para pensionarse: 57 para las mujeres y 62 para los hombres, desde 2014.
– Más semanas de cotización: 2005, 50 semanas adicionales;
– desde 2006, 25 semanas adicionales anuales
– hasta alcanzar 1.300 semanas en 2015.
– Mayor monto de las cotizaciones: aumentan 2,5% entre 2004 y 2008.
– Menor valor de las pensiones del ISS:
– Primeras mil semanas, igual al 65% del ingreso base de liquidación.
– Cada 50 semanas adicionales aumenta 2% hasta máximo 80% (Ley 100/93 hasta 90% del último salario).
– El resto, según ahorro en Fondos de Pensiones.
– Aporte adicional de 1% para el Fondo de Solidaridad Pensional.
– Supresión de regímenes especiales.
– Plan Nacional de Desarrollo: Maestros nuevos se pensionan con 57 años, con los mismos requisitos generales y 3 puntos más para el Fondo del Magisterio.

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